Cabe enfatizar que las exigencias procesales inherentes al recurso de casación, desarrolladas en el acápite
IV. ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE DICHOS REQUISITOS
Cabe enfatizar que las exigencias procesales inherentes al recurso de casación, desarrolladas en el acápite III del presente Auto Supremo, hacen a dos supuestos para su consideración de fondo, a saber: el primero, sujeto al cumplimiento de los requisitos previstos por los arts. 416 y 417 del CPP, que apunta al diseño del sistema procesal penal boliviano, por el cual se otorga a este Tribunal la labor de uniformar la jurisprudencia emanada por la jurisdicción ordinaria a partir de la eventual existencia de fallos disímiles (precedente contradictorio); y, un segundo, alusivo a la apertura extraordinaria de competencia, flexibilizando las exigencias de invocar el precedente contradictorio y argumentar la situación de hecho similar reputada de discordante; este supuesto opera a partir de una denuncia sobre la vulneración de un derecho o garantía constitucional emergente del proceso; empero, este supuesto no halla exención al cumplimiento de requisitos procesales, cual se refirió en el párrafo precedente. Tómese en cuenta también, que ambos supuestos acogen como requisitos comunes la procedencia y plazo de interposición contenidos en los arts. 416 y 417 del CPP
- Por memorial presentado el 24 de diciembre de 2013, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece
- c)Notificada la recurrente, el 19 de diciembre de 2013 (fs
- Prosigue el recurso en la transcripción íntegra de la doctrina legal aplicable y la parte
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe enfatizar que las exigencias procesales inherentes al recurso de casación, desarrolladas en el acápite
- Atendiendo las condiciones de tiempo en la interposición del recurso de casación, se tiene que
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL SEGUNDA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
