Por memorial presentado el 24 de diciembre de 2013, cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL SEGUNDA
AUTO SUPREMO Nº 021/2014-RA
Sucre, 18 de febrero de 2014
Expediente : Cochabamba 6/2014
Parte acusadora : Ministerio Público y otra
Parte imputada : José Cupertino Chileno Núñez y otros
Delito : Desobediencia a la Autoridad
RESULTANDO
Por memorial presentado el 24 de diciembre de 2013, cursante de fs. 520 y vta., Nuria Guadalupe Urquidi de Guzmán, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista de 12 de abril de 2012, de fs. 514 a 517 vta., pronunciado por la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y la recurrente en representación de Serafina Illanes Vda. de Guzmán, Jaime Gonzalo, Rufino, María Luisa, Francisco Eloy e Isabel, todos de apellidos Guzmán Illanes y Carmen Lino de Guzmán, en contra de José Cupertino Chileno Nuñez, Freddy Alfredo Chileno Zeballos y Albina Zeballos Illanes de Chileno, por el delito de Desobediencia a la Autoridad incurso en el art. 160 del Código Penal (CP)
SALA PENAL SEGUNDA
AUTO SUPREMO Nº 021/2014-RA
Sucre, 18 de febrero de 2014
Expediente : Cochabamba 6/2014
Parte acusadora : Ministerio Público y otra
Parte imputada : José Cupertino Chileno Núñez y otros
Delito : Desobediencia a la Autoridad
RESULTANDO
Por memorial presentado el 24 de diciembre de 2013, cursante de fs. 520 y vta., Nuria Guadalupe Urquidi de Guzmán, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista de 12 de abril de 2012, de fs. 514 a 517 vta., pronunciado por la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y la recurrente en representación de Serafina Illanes Vda. de Guzmán, Jaime Gonzalo, Rufino, María Luisa, Francisco Eloy e Isabel, todos de apellidos Guzmán Illanes y Carmen Lino de Guzmán, en contra de José Cupertino Chileno Nuñez, Freddy Alfredo Chileno Zeballos y Albina Zeballos Illanes de Chileno, por el delito de Desobediencia a la Autoridad incurso en el art. 160 del Código Penal (CP)
- Por memorial presentado el 24 de diciembre de 2013, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece
- c)Notificada la recurrente, el 19 de diciembre de 2013 (fs
- Prosigue el recurso en la transcripción íntegra de la doctrina legal aplicable y la parte
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe enfatizar que las exigencias procesales inherentes al recurso de casación, desarrolladas en el acápite
- Atendiendo las condiciones de tiempo en la interposición del recurso de casación, se tiene que
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL SEGUNDA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
