Auto Supremo AS/0035/2014-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0035/2014-RA

Fecha: 20-Feb-2014

Por otra parte, este Tribunal ha establecido, la posibilidad de la apertura excepcional de su


Por otra parte, este Tribunal ha establecido, la posibilidad de la apertura excepcional de su competencia, ante el cumplimiento de ciertos presupuestos de flexibilización; es decir, no basta que la recurrente se limite a formular una simple denuncia de vulneración de derechos al debido proceso y a la defensa, o la falta de fundamentación, como ocurre en el presente caso; por el contrario, tiene el deber de no sólo proveer los antecedentes de hecho, sino detallar con precisión la restricción o disminución del derecho o garantía que se considera vulnerado, precisando el mismo, explicando el resultado dañoso del defecto denunciado, como las consecuencias procesales cuya relevancia tenga connotaciones de orden constitucional; obligaciones que han sido totalmente incumplidas por la recurrente, quien se limita a destacar los antecedentes del proceso y las razones de su absolución inicial, para sostener de manera genérica que el Tribunal de alzada hubiese vulnerado sus derechos y garantías constitucionales previstos en los arts. 6 y 84 del CPP, 115.I y II de la CPE y 8 de la Convención Americana de San José de Costa Rica; en cuyo mérito, tampoco es posible la admisión excepcional del presente recurso