Del memorial que cursa de fs. 232 a 233 vta., se extrae el siguiente motivo
II. DEL MOTIVO DEL RECURSO DE CASACIÓN
Del memorial que cursa de fs. 232 a 233 vta., se extrae el siguiente motivo:
La recurrente denuncia que el Auto de Vista impugnado es atentatorio a su interés, ya que solamente confirmó en todos sus extremos la Sentencia apelada, reiterando en los distintos considerando que su conducta se adecuaría al tipo penal acusado, condenándole a la pena de diez años de reclusión; asimismo, que el Tribunal de apelación al ratificar la Sentencia vulneró el principio del debido proceso, inocencia y congruencia entre la acusación y la sentencia. Así, la Sentencia fundamentó su decisión basada sólo en la flagrancia, sin tomar en cuenta que ello no siempre determina la conducta criminal, siendo necesario revisar los móviles, la participación, los elementos que componen al delito, las consecuencias y la personalidad de los partícipes, así como las atenuantes y agravantes que sirven para condenar por el delito endilgado
- Por memorial presentado el 21 de enero de 2014, que cursa de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- c) Notificada la imputada con el referido Auto de Vista, el 14 de enero de
- Del memorial que cursa de fs. 232 a 233 vta., se extrae el siguiente motivo
- Indica que si bien se deben cumplir con los requisitos exigidos por los arts
- El art
- En este contexto, el art
- iii)Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- Dicho entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- En el caso de autos, se constata que la recurrente cumplió con el primer requisito
- Respecto al requisito de fondo, de la revisión del contenido del recurso de casación se
- Sin embargo, este Tribunal no puede soslayar que la recurrente denuncia la vulneración del derecho
- Por lo expuesto, ante la necesidad de precautelar las normas procesales, que son de orden
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL SEGUNDA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
