En el caso de autos, se constata que la recurrente cumplió con el primer requisito
IV. ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE DICHOS REQUISITOS
En el caso de autos, se constata que la recurrente cumplió con el primer requisito de forma relativo al plazo para la interposición del recurso de casación, habida cuenta que el 14 de enero de 2014, fue notificada con el Auto de Vista impugnado, presentando el recurso de casación el 21 del mismo mes y año; es decir, dentro del plazo de los cinco días que otorga la ley
- Por memorial presentado el 21 de enero de 2014, que cursa de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- c) Notificada la imputada con el referido Auto de Vista, el 14 de enero de
- Del memorial que cursa de fs. 232 a 233 vta., se extrae el siguiente motivo
- Indica que si bien se deben cumplir con los requisitos exigidos por los arts
- El art
- En este contexto, el art
- iii)Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- Dicho entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- En el caso de autos, se constata que la recurrente cumplió con el primer requisito
- Respecto al requisito de fondo, de la revisión del contenido del recurso de casación se
- Sin embargo, este Tribunal no puede soslayar que la recurrente denuncia la vulneración del derecho
- Por lo expuesto, ante la necesidad de precautelar las normas procesales, que son de orden
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL SEGUNDA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
