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- En observancia a las normas legales, es pertinente establecer que por mandato del artículo 17
- En ese contexto, este Tribunal está facultado para revisar las actuaciones procesales que llegan
- De lo expuesto se advierte que la Sala en Materia de Trabajo y Seguridad Social
- En ese contexto, corresponde resolver conforme los artículos 271
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución
- No siendo excusable el error cometido por el Tribunal Ad quem, se impone multa de
- Asimismo, por Secretaría de Sala se dé cumplimiento con lo dispuesto por el parágrafo
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmando: Dra. Norka N. Mercado Guzmán
- Ante mí: Dra. Carla Jimena Rivera Taboada
- Secretaria de Sala Social y Administrativa
