Ahora bien, un supuesto de flexibilización de los requisitos del recurso de casación que permite
Ahora bien, un supuesto de flexibilización de los requisitos del recurso de casación que permite abrir excepcionalmente la competencia de éste Tribunal, es aquel en el que se denuncie la existencia de graves y evidentes infracciones a los derechos de las partes y que constituyan defectos absolutos no susceptibles de convalidación; posibilidad que se justifica teniendo presente: 1) Que el fin último del derecho es la justicia; 2) La tarea encomendada por ley al Tribunal Supremo referida precedentemente; 3) La necesidad de precautelar se observen las normas procesales que son de orden público y de cumplimiento obligatorio que prevén no se cometan actos procesales defectuosos, teniendo en cuenta que conforme la disposición contenida en el art. 115.II de la CPE, el estado garantiza entre otros, los derechos al debido proceso y a la defensa; y, 4) Las disposiciones relativas a la nulidad de actos procesales previstas por el art. 17 de la LOJ
- El recurso de casación, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes remitidos en casación se establece lo siguiente
- b)Contra la citada Sentencia, tantola acusadora particular Constancia Quispe Escobar (fs
- c)Contra dicha Resolución, por memorial de Ruth Asunta Molina Ibáñez, recurrió en casación (fs
- d)En cumplimiento al Auto Supremo precitado, la Sala Penal Tercera, emitió el Auto de Vista
- e)Notificada con el Auto de Vista 183/2013, el 9 de octubre de 2013, la imputada
- De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- En el epígrafe: “III
- La impetrante señala que el Auto de Vista impugnado confirmó la Sentencia condenatoria en su
- Invoca como precedente el referido Auto Supremo 107/2002 de 15 de febrero, afirmando que la
- Por otro lado, la recurrente denuncia violación al principio de defensa, por restringir su derecho
- SEGUNDA
- Señala, que el Auto de Vista no resuelve adecuadamente la reclamación e impugnación sobre la
- Que, no se puede condenar a nadie sin tener plena seguridad sobre el hecho acusado,
- Concluye solicitando a este Tribunal, dictar resolución declarando la doctrina legal aplicable de acuerdo al
- En el “OTROSI 2do
- El art
- En este contexto, el art
- i)Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación con
- ii)Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii)Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- Ahora bien, un supuesto de flexibilización de los requisitos del recurso de casación que permite
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Efectuada esta precisión, se tiene del análisis de los actuados procesales, que el recurso de
- En lo que respecta al cumplimiento de los demás requisitos, se tiene
- Con referencia almotivo SEGUNDO, la recurrente invoca de forma incorrecta la Sentencia Constitucional0297/2004-R, como precedente
- Sobre el motivo TERCERO, al igual que en el motivo anterior, invocó erróneamente la Sentencia
- En cuanto a la afirmación de que el Auto de Vista no resolvió los puntos
- Finalmente, respecto a lo expresado en el “OTROSI 2do
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
