Finaliza su argumentación, señalando que no tendría sentido que se lleve un nuevo juicio por
Finaliza su argumentación, señalando que no tendría sentido que se lleve un nuevo juicio por delitos de Falsedad Material y Uso de Instrumento Falsificado, en base a un documento privado, invocando como precedentes contradictorios: La Resolución 130/2004 de 8 de octubre, de la Sala Plena de la Ex Corte Suprema de Justicia, la Resolución 009 de 29 de enero de 2003, de Sala Penal Segunda de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de Potosí, la Resolución 201 de 29 de agosto de 2005, de la Sala Penal Tercera también de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz; y, la Resolución 033 de 8 de febrero de 2002, de la Sala Penal Primera de la otrora Corte Superior del Distrito Judicial de Oruro
- Por memorial presentado el 9 de diciembre de 2013, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- d) Notificado con dicha Resolución el imputado Enrique Alemán Soliz, el 3 de diciembre de
- De la revisión del recurso de casación de fs
- Finaliza su argumentación, señalando que no tendría sentido que se lleve un nuevo juicio por
- El art
- En este contexto, el art
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- En el caso analizado, de la revisión de los antecedentes, se tiene que el recurso
- Así, de la revisión del recurso y el motivo que contiene, se establece lo siguiente
- Sumado a lo anterior, respecto a la Sentencia 130/2004 de 8 de octubre de la
- Falencias advertidas en la técnica recursiva del memorial de casación, que no pueden ser suplidas
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
