Por memorial presentado el 9 de diciembre de 2013, cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO 064/2014-RA
Sucre, 31 de marzo de 2014
Expediente : La Paz 19/2014
Parte acusadora : Ministerio Público y otros
Parte imputada : Enrique Alemán Soliz y otro
Delito(s) : Falsedad Material y otros
RESULTANDO
Por memorial presentado el 9 de diciembre de 2013, cursante de fs. 1222 a 1236, Enrique Alemán Soliz, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 65/2013 de 30 de agosto, pronunciado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, de fs. 1217 a 1220, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y la Cooperativa Multiactiva Policial (COOMUPOL Ltda.), representada por: Víctor Hugo Escobar Guzmán, Andrés Américo Romero Rojas, Gualberto David Diaz Guzmán, Paul Nemesio Saavedra Mendizabal, Rocío Marla Molina Osinaga, Dorian Hernán Angles Valverde, Juan Edson Sanjines Macuaga, Alfredo Vargas Terrazas, Gonzalo Caballero Lazo De la Vega, Patricia Alave Salas, Juan José Balderrama Flores y Juan Pablo Vilaseca Rojas contra el recurrente y Juan Edmir Espinoza Cortez; por los delitos de Falsedad Material, Uso de Instrumento Falsificado, Cohecho Activo, Concurso Real, Cohecho Pasivo Propio, Resoluciones Contrarias a la Constitución y a las Leyes, Complicidad e Incumplimiento de Deberes, previstos y sancionados por los arts. 23, 144, 145, 153, 158, 198 y 203 del Código Penal (CP), respectivamente
SALA PENAL
AUTO SUPREMO 064/2014-RA
Sucre, 31 de marzo de 2014
Expediente : La Paz 19/2014
Parte acusadora : Ministerio Público y otros
Parte imputada : Enrique Alemán Soliz y otro
Delito(s) : Falsedad Material y otros
RESULTANDO
Por memorial presentado el 9 de diciembre de 2013, cursante de fs. 1222 a 1236, Enrique Alemán Soliz, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 65/2013 de 30 de agosto, pronunciado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, de fs. 1217 a 1220, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y la Cooperativa Multiactiva Policial (COOMUPOL Ltda.), representada por: Víctor Hugo Escobar Guzmán, Andrés Américo Romero Rojas, Gualberto David Diaz Guzmán, Paul Nemesio Saavedra Mendizabal, Rocío Marla Molina Osinaga, Dorian Hernán Angles Valverde, Juan Edson Sanjines Macuaga, Alfredo Vargas Terrazas, Gonzalo Caballero Lazo De la Vega, Patricia Alave Salas, Juan José Balderrama Flores y Juan Pablo Vilaseca Rojas contra el recurrente y Juan Edmir Espinoza Cortez; por los delitos de Falsedad Material, Uso de Instrumento Falsificado, Cohecho Activo, Concurso Real, Cohecho Pasivo Propio, Resoluciones Contrarias a la Constitución y a las Leyes, Complicidad e Incumplimiento de Deberes, previstos y sancionados por los arts. 23, 144, 145, 153, 158, 198 y 203 del Código Penal (CP), respectivamente
- Por memorial presentado el 9 de diciembre de 2013, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- d) Notificado con dicha Resolución el imputado Enrique Alemán Soliz, el 3 de diciembre de
- De la revisión del recurso de casación de fs
- Finaliza su argumentación, señalando que no tendría sentido que se lleve un nuevo juicio por
- El art
- En este contexto, el art
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- En el caso analizado, de la revisión de los antecedentes, se tiene que el recurso
- Así, de la revisión del recurso y el motivo que contiene, se establece lo siguiente
- Sumado a lo anterior, respecto a la Sentencia 130/2004 de 8 de octubre de la
- Falencias advertidas en la técnica recursiva del memorial de casación, que no pueden ser suplidas
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
