Tenida cuenta que el recurso extraordinario de casación no constituye una tercera instancia, no todas
Tenida cuenta que el recurso extraordinario de casación no constituye una tercera instancia, no todas las resoluciones de segunda instancia pueden ser impugnadas en casación, o dicho desde otra perspectiva, la legislación civil boliviana sigue el sistema de relación cerrada o "numerus clausus", en cuanto a las resoluciones recurribles de casación, de manera tal que dicho recurso únicamente procede contra las resoluciones enunciadas en el artículo 255 del Código de Procedimiento Civil, de ahí su denominación de extraordinario
- Sucre: 31 de marzo de 2014
- II. CONSIDERANDO
- Que, tramitada la causa, la Juez de Partido Segundo de familia de Chuquisaca emitió el
- En grado de apelación deducida por Roxana Duran Barrientos en representación de Julia Sebastiana Guzmán
- 3.1. Denuncias del Recurso Casación
- En el proceso de rendición de cuentas del bien inmueble seguido a instancias del actor
- El Juez a quo en su fallo no tomó en cuenta que en abril de
- Finaliza su recurso señalando que en el plazo establecido por el artículo 257 del Código
- 3.2. Contestación al recurso de casación
- 3
- Tenida cuenta que el recurso extraordinario de casación no constituye una tercera instancia, no todas
- Por mandato del artículo 518 del Código de Procedimiento Civil las resoluciones dictadas en ejecución
- Ahora bien, por disposición del artículo 272-1) del Código de Procedimiento Civil, el recurso de
- En el caso en examen, se trata de un auto emitido en ejecución de sentencia;
- Se apercibe al Tribunal ad quem por no haber rechazado el recurso de casación
- Se regula el honorario profesional en la suma de Bs
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Libro Tomas de Razón Nº 110/2014
