En igual sentido por medio de memorial de fs
En igual sentido por medio de memorial de fs. 211 a 212, el SENASIR, responde a la pretensión impugnaticia de Carlos Eduardo Mario Morales Landivar, señalando que los requisitos exigidos por el art. 258 del Código de Procedimiento Civil (CPC), no fueron cumplidos tratándose de un recurso que “no concretiza la normativa falsa o errónea aplicada mucho menos hace conocer en qué consiste la violación, falsedad o el error” (sic) descontextualizando lo contenido en el art. 253 del CPC, pues si bien se señala cuales fueran los fallos recurridos, empero no se realiza una labor de mencionar cual la norma violada o aplicada erróneamente interpretada, solicitando en consecuencia la declaratoria de improcedencia del recurso interpuesto por el Carlos Eduardo Mario Morales Landivar
- Del expediente llegado a casación se establece lo siguiente
- Luego, se emitió la Resolución No 0011733 cursante a fs
- Tal decisión propició que el asegurado interponga Recurso de Reclamación (fs
- Contra la mencionada Resolución Carlos Eduardo Mario Morales Landivar interpuso recurso de apelación (fs
- De los memoriales cursantes de fs. 197 a 200, y, 204 a 206, se tiene
- El recurrente, señala como “principal objetivo” (sic) de su recurso, el derecho a una jubilación
- 2)Alega que en su particular caso si accede a la ecuación de la Compensación de
- El recurrente insta que previa concesión de su recurso este Tribunal case en parte la
- Mediante memorial de fs
- En igual sentido por medio de memorial de fs
- Aquellos principios componen no sólo la base en la que se asienta la Seguridad Social
- Esa posición hace que los principios que ordenan y orientan al sistema de Seguridad Social
- Este Tribunal Supremo de manera constante y reiterada ha emitido jurisprudencia sobre la naturaleza del
- En la lectura del Auto de Vista impugnado, se comprende que las razones por las
- Bajo estos parámetros se concluye que al no ser evidentes las infracciones denunciadas en el
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
