Auto Supremo AS/0019/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0019/2014

Fecha: 17-Abr-2014

En este contexto, de la revisión de los actuados procesales adjuntados, se evidencia que

En este contexto, de la revisión de los actuados procesales adjuntados, se evidencia que la parte demandada durante la substanciación del proceso no aportó ningún tipo de prueba, por lo que la a quo determinó en base a la prueba aportada que el sueldo promedio indemnizable es el pretendido por el actor en su memorial de demanda de (fs. 4), que asciende al monto de Bs.1.150.-, el que se tomó en cuenta como parámetro de cálculo a efecto de dar cumplimiento a lo dispuesto por el art. 19 de la Ley General del Trabajo, que de forma textual expresa: “el cálculo de la indemnización se hará tomando en cuenta el término medio de los sueldos o salarios de los tres últimos meses”