ANTE MÍ. Abog. Tyrone Cuellar Sánchez
Dr. Gonzalo Miguel Hurtado Zamorano.
ANTE MÍ. Abog. Tyrone Cuellar Sánchez
ANTE MÍ. Abog. Tyrone Cuellar Sánchez
- Auto Supremo Nº 37/2014
- Sucre, 24 de abril de 2014
- Expediente: SSA.II-LP.30/2014
- Distrito: La Paz
- CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso social, la Juez Cuarto de Trabajo y Seguridad Social
- Contra esta resolución María Eugenia Sempertegui Vasquez, en representación de la empresa demandada interpuso recurso
- Dicho fallo motivó que la empresa Representaciones Turisticas (Bolivia) Operadora de Carlson Wagonlit Travel SA
- Por otra parte, el tribunal ad quem no consideró el reclamo efectuado a nombre de
- Por último, no es procedente el pago del 340% de la multa impuesta por los
- Con estos argumentos citando un auto de vista que no corresponde al proceso, concluye solicitando
- Que de la revisión del recurso, se colige que la recurrente no cumplió los requisitos
- De lo expuesto precedentemente, se colige que RETBO en su memorial de recurso de nulidad
- Que, en este marco legal, lo expuesto en el recurso es insuficiente, haciendo inviable su
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- FIRMADO: Dr. Fidel Marcos Tordoya Rivas
- ANTE MÍ. Abog. Tyrone Cuellar Sánchez
