Con estos argumentos citando un auto de vista que no corresponde al proceso, concluye solicitando
Con estos argumentos citando un auto de vista que no corresponde al proceso, concluye solicitando al Tribunal Supremo de Justicia al amparo del 210 del Reglamento de la Ley General del Trabajo, que case el auto de vista recurrido y deliberando en el fondo se disponga la compensación de las deudas de la actora con la sociedad
- Auto Supremo Nº 37/2014
- Sucre, 24 de abril de 2014
- Expediente: SSA.II-LP.30/2014
- Distrito: La Paz
- CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso social, la Juez Cuarto de Trabajo y Seguridad Social
- Contra esta resolución María Eugenia Sempertegui Vasquez, en representación de la empresa demandada interpuso recurso
- Dicho fallo motivó que la empresa Representaciones Turisticas (Bolivia) Operadora de Carlson Wagonlit Travel SA
- Por otra parte, el tribunal ad quem no consideró el reclamo efectuado a nombre de
- Por último, no es procedente el pago del 340% de la multa impuesta por los
- Con estos argumentos citando un auto de vista que no corresponde al proceso, concluye solicitando
- Que de la revisión del recurso, se colige que la recurrente no cumplió los requisitos
- De lo expuesto precedentemente, se colige que RETBO en su memorial de recurso de nulidad
- Que, en este marco legal, lo expuesto en el recurso es insuficiente, haciendo inviable su
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- FIRMADO: Dr. Fidel Marcos Tordoya Rivas
- ANTE MÍ. Abog. Tyrone Cuellar Sánchez
