Auto Supremo AS/0088/2014-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0088/2014-RA

Fecha: 09-Abr-2014

En relación al tercer motivo, consignado en el inc


En relación al tercer motivo, consignado en el inc. 3) del acápite II.1. de esta Resolución, la recurrente denuncia que ante el reclamo de mala valoración de la prueba, el Tribunal de apelación refirió que se podría valorar la misma en bloque, lo cual contradice la doctrina legal aplicable que señala que las pruebas de cargo y descargo deben ser valoradas de manera individual, además que se efectuó la valoración de las pruebas de descargo solo de forma descriptiva y no intelectiva; en ese sentido, aunque escuetamente, la denunciante fundamenta con precisión que la Resolución impugnada, resulta contradictorio al Auto Supremo 724 de 26 de noviembre de 2004, el cual establecería de manera clara y precisa que, deben valorarse todos y cada uno de los elementos probatorios incorporados a juicio; así como al Auto de Vista de 23 de febrero de 2007, emitido por la Sala Penal Tercera de Cochabamba, que haría referencia a la fundamentación intelectiva de la prueba; consiguientemente, al cumplirse con los requisitos requeridos por los arts. 416 y 417 de la norma adjetiva penal, el presente motivo también deviene en admisible