Auto Supremo AS/0100/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0100/2014

Fecha: 09-Abr-2014

Que, a los fines de resolver el Recurso de Casación que fuera interpuesto en Autos,

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL LIQUIDADORA

AUTO SUPREMO Nº: 100/2014
Lugar y Fecha: Sucre, 09 de abril de 2014
Expediente: 242/2009 La Paz
Parte acusadora: Ministerio Público y Modesta Mamani Aliaga
Parte imputada: Marco Antonio Pillco Abelo
Delito: Violación y Abuso Deshonesto
Recurso: Casación
VISTOS: (Del recurso en cuestión)
El Recurso de Casación planteado por Marco Antonio Pillco Abelo de fs. 213 a 222 vta., impugnando el Auto de Vista Nº 160 de 15 de junio de 2009, cursante de fs. 197 a 199 vta. de obrados, pronunciado por la Sala Penal Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y Modesta Mamani Aliaga contra el recurrente, por la presunta comisión del delito de Violación y Abuso Deshonesto, previsto y sancionado por el art. 308 y 312 del Código Penal, los antecedentes, y;
CONSIDERANDO I: (Circunstancias Procesales)
Que, a los fines de resolver el Recurso de Casación que fuera interpuesto en Autos, se tiene los siguientes antecedentes:
Con base a la Acusación Fiscal y Particular, previa la sustanciación del juicio oral, el Tribunal de Sentencia de la Provincia de Caranavi, del Distrito Judicial de La Paz, mediante Sentencia Nº 1 de 19 de enero de 2009, de fs. 157 a 162, resolvió declarar a Marco Antonio Pillco Abelo, Autor y Culpable de la comisión del delito de Violación y Abuso Deshonesto, previstos y sancionados por los arts. 308 y 312 del Código Penal, imponiéndole la pena privativa de libertad de ocho años (8) de reclusión, a cumplir en la Penitenciaría de “San Pedro” de la ciudad de La Paz, debiendo el imputado pagar daños los daños, perjuicios y costas en ejecución de Sentencia