Por memorial presentado el 7 de febrero de 2014, cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 103/2014-RA
Sucre, 09 de abril de 2014
Expediente: Beni 2/2014
Parte acusadora: Ministerio Público y otro
Parte imputada: Edwin Javier Condori Laura
Delitos: Homicidio y otros
RESULTANDO
Por memorial presentado el 7 de febrero de 2014, cursante de fs. 347 a 352, Edwin Javier Condori Laura, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 039/2013 de 25 de noviembre, cursante de fs. 221 Bis a 223 vta., pronunciado por la Sala Penal del Tribunal Departamental de Justicia de Beni, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y Arlene Ferrufino de Rivera contra el recurrente por la presunta comisión de los delitos de Homicidio y Lesiones Graves y Gravísimas en Accidentes de Tránsito y Conducción Peligrosa de Vehículos previstos y sancionados por los arts. 261 y 210 del Código Penal (CP)
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 103/2014-RA
Sucre, 09 de abril de 2014
Expediente: Beni 2/2014
Parte acusadora: Ministerio Público y otro
Parte imputada: Edwin Javier Condori Laura
Delitos: Homicidio y otros
RESULTANDO
Por memorial presentado el 7 de febrero de 2014, cursante de fs. 347 a 352, Edwin Javier Condori Laura, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 039/2013 de 25 de noviembre, cursante de fs. 221 Bis a 223 vta., pronunciado por la Sala Penal del Tribunal Departamental de Justicia de Beni, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y Arlene Ferrufino de Rivera contra el recurrente por la presunta comisión de los delitos de Homicidio y Lesiones Graves y Gravísimas en Accidentes de Tránsito y Conducción Peligrosa de Vehículos previstos y sancionados por los arts. 261 y 210 del Código Penal (CP)
- Por memorial presentado el 7 de febrero de 2014, cursante de fs
- b) Contra dicha Resolución, el imputado interpuso recurso de apelación restringida (fs
- c) Notificado el recurrente con el referido Auto de Vista el 13 de enero de
- 1) El Tribunal de alzada al no haber observado que la Sentencia incurrió en los
- 2) Deficiente aplicación de la ley sustantiva en cuanto a la agravante que corresponde a
- Por lo expuesto, el recurrente solicita se lo absuelva por la comisión de los delitos
- El art
- En ese contexto, el art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Ahora bien un supuesto de flexibilización de los requisitos del recurso de casación que permite
- Ingresando a la consideración de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación, se establece
- Sobre la supuesta vulneración de sus derechos a la presunción de inocencia, los principios del
- Por otra parte, en cuanto a la denuncia de defectuosa valoración de la prueba, el
- En cuanto al segundo motivo, respecto a que el Tribunal de alzada a tiempo de
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
