Con memorial presentado el 18 de marzo de 2014, cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 107/2014-RA
Sucre, 09 de abril de 2014
Expediente: Pando 3/2014
Parte acusadora: Ministerio Público
Parte imputada: Samuel Freitas Roca
Delito: Tráfico de Sustancias Controladas
RESULTANDO
Con memorial presentado el 18 de marzo de 2014, cursante de fs. 50 a 53 vta., el representante del Ministerio Público, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista de 24 de febrero de 2014, de fs. 43 a 45, pronunciado por la Sala Penal y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Pando, dentro del proceso penal seguido por el recurrente contra Samuel Freitas Roca, por el presunto delito de Tráfico de Sustancias Controladas, previsto y sancionado por el art. 48 con relación al 33 inc. m) de la Ley del Régimen de la Coca y Sustancias Controladas (Ley 1008)
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 107/2014-RA
Sucre, 09 de abril de 2014
Expediente: Pando 3/2014
Parte acusadora: Ministerio Público
Parte imputada: Samuel Freitas Roca
Delito: Tráfico de Sustancias Controladas
RESULTANDO
Con memorial presentado el 18 de marzo de 2014, cursante de fs. 50 a 53 vta., el representante del Ministerio Público, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista de 24 de febrero de 2014, de fs. 43 a 45, pronunciado por la Sala Penal y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Pando, dentro del proceso penal seguido por el recurrente contra Samuel Freitas Roca, por el presunto delito de Tráfico de Sustancias Controladas, previsto y sancionado por el art. 48 con relación al 33 inc. m) de la Ley del Régimen de la Coca y Sustancias Controladas (Ley 1008)
- Con memorial presentado el 18 de marzo de 2014, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la mencionada Sentencia, el imputado formuló recurso de apelación restringida (fs
- c) Notificado el representante del Ministerio Público con el referido Auto de Vista, el 11
- 1) Al dictarse el Auto de Vista impugnado se ha valorado simplemente una sola prueba
- En ese contexto el art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
- iii) Como única prueba admisible, debe acompañarse copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- A lo señalado, se añade un supuesto de flexibilización de los requisitos del recurso de
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Efectuada esta precisión y extractados los presuntos agravios expuestos en el recurso (acápite II), se
- Respecto a las Sentencias Constitucionales propugnadas debió tomarse en cuenta que no constituyen precedente contradictorio
- De lo expuesto, se establece que el recurso de casación deducido, no cumple con los
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
