Luego de resumir los antecedentes procesales y los fundamentos de la Resolución que impugna, señaló
Luego de resumir los antecedentes procesales y los fundamentos de la Resolución que impugna, señaló como único motivo de su recurso de casación, que el Auto de Vista impugnado determinó revocar parcialmente la Sentencia y sin reenvío, declaró su culpabilidad como autor de la comisión del delito de Suministro tipificado y sancionado por el art. 51 con relación al art. 33 inc. i) de la Ley 1008 sin tener prueba fehaciente porque el Tribunal de Sentencia anotó con precisión las contradicciones del testigo Moscoso en cuanto al hecho que fue motivo de su juzgamiento. Añadió que en Auto de Vista impugnado, todo son suposiciones, puesto que en la Sentencia, se declaró su absolución por haberse generado dudas respecto a qué es lo que se entregó, si era marihuana o qué; tampoco existe seguridad en cuanto a la persona y si ésta era Amed Tapia, quien fue encontrado con un solo sobre, tampoco se tiene el peso exacto de la sustancia controlada que supuestamente hubiera entregado. De igual forma, existieron contradicciones en la inspección de visu como la pericial. Por todo ello, citando como precedentes contradictorios los Autos Supremos 369 de 5 de abril de 2007 y 44 de 15 de octubre de 2005, solicitó se deje sin efecto el Auto de Vista porque contrariamente a lo dispuesto por los parágrafos 1 y 4 de la CPE y el art. 6 del CPP, se afectó el principio de presunción de inocencia y la garantía del debido proceso al haberse valorado la prueba al margen de los principios que incluyen la sana crítica, desconociendo arbitrariamente elementos aportados válidamente en juicio, así como haberse afectado el principio in dubio pro reo
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- d) Notificado el Auto de Vista a los ahora recurrentes, el 22 y 28 de
- De la atenta revisión de los recursos de casación, se extraen los siguientes motivos
- Luego de resumir los antecedentes procesales y los fundamentos de la Resolución que impugna, señaló
- II.2 Recurso de Roberto Carlos Saavedra Vásquez
- Haciendo una relación de la fundamentación probatoria intelectiva de la prueba realizada por el Tribunal
- Añadió que se adscribe como precedente contradictorio al Auto Supremo 416 de 20 de octubre
- En ese contexto el art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
- iii) Como única prueba admisible, debe acompañarse copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- A lo señalado, se añade un supuesto de flexibilización de los requisitos del recurso de
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Sobre el plazo de interposición de los recursos de casación planteados, se evidencia que Omar
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
