Auto Supremo AS/0126/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0126/2014

Fecha: 19-Abr-2014

Que del análisis del proceso, se debe tener en cuenta las siguientes consideraciones de orden

CONSIDERANDO III.-
Que del análisis del proceso, se debe tener en cuenta las siguientes consideraciones de orden legal:
En el caso sub lite, se ha evidenciado que la Sala Penal Tercera de la Corte Superior de La Paz, al emitir el Auto de Vista objeto del presente recurso, lo ha realizado con fundamentos insuficientes y carentes de motivación, sin explicitar sus razonamientos sobre los aspectos cuestionados por los recurrentes, enunciando tan solo las conclusiones a las que arribó, sin inferirse una respuesta fáctica a los mismos, lo que hace evidente un vicio de incongruencia omisiva (citra petita o ex silentio), y en consecuencia la infracción del principio tantum devolutum quantum apellatum, y al deber de fundamentación