II.1. Recurso de casación de Yuri José Bustillos Bautista
b) Contra la mencionada Sentencia, Alex Estefan Aramayo Raña (fs. 410 a 415) y Yuri José Bustillos Bautista (fs. 425 a 436), presentaron recursos de apelación restringida, que fueron resueltos por la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz con Auto de Vista 54/2013 de 18 de marzo (fs. 539 a 543) que, declarando procedentes los recursos interpuestos, anuló totalmente la mencionada Sentencia y dispuso la reposición del juicio por otro Juez de Sentencia.
c) Notificadas las partes con la mencionada Resolución, interpusieron los recursos de casación que cursan de fs. 553 a 557 y de fs. 573 a 578 vta., ambos resueltos con el Auto Supremo 191/2013-RRC de 22 de julio (fs. 589 a 594 vta.), que dejando sin efecto el Auto de Vista 54/2013 de 18 de marzo, dispuso que el Tribunal ad quem de manera directa, pronuncie nueva Resolución sin modificar la condición del imputado.
d) Cumpliendo con esa determinación, la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz emitió el Auto de Vista 205/2013 de 11 de octubre, que declaró improcedente el recurso de apelación restringida interpuesta por Yuri José Bustillos Bautista y procedente en parte el recurso de apelación interpuesto por Alex Estefan Aramayo Raña; en consecuencia, confirmó la Resolución 017/2012 de 13 de agosto y complementó la fundamentación respecto a la imposición de la pena.
e) Notificados los recurrentes con el referido Auto de Vista 205/2013, el 7 y 15 de noviembre de 2013 (fs. 612 y 635), interpusieron los recursos de casación que son motivo de autos el 14 y 22 del mismo mes y año, respectivamente.
II. DE LOS MOTIVOS DE LOS RECURSOS DE CASACIÓN
II.1. Recurso de casación de Yuri José Bustillos Bautista
- Yuri José Bustillos Bautista, por una parte, e Iván Azurduy Carranza, en representación de Alex
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- II.1. Recurso de casación de Yuri José Bustillos Bautista
- 2) Acusa que el Auto de Vista recurrido carece de la debida motivación y fundamentación
- Concluyó solicitando se admita el recurso, se anule el Auto de Vista recurrido y se
- legal de Alex Estefan Aramayo Raña
- 1) El recurrente refiere que el Auto de Vista impugnado fue emitido sin la motivación
- Concluye solicitando, que el Tribunal Supremo de Justicia admita el presente recurso y dejando sin
- En ese contexto el art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
- iii) Como única prueba admisible, debe acompañarse copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- A lo señalado, se añade un supuesto de flexibilización de los requisitos del recurso de
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- IV.1 Del recurso de casación de Yury José Bustillos Bautista
- IV.2. Del recurso formulado por Iván Azurduy Carranza en representación de Alex Estefan Aramayo Raña
- Se observa que el recurso también fue interpuesto dentro del plazo legal, habida cuenta que
- Ya en el análisis de admisibilidad del recurso, se tiene que esencialmente denunció como
- Situación que hace que éste Tribunal, no tenga abierta su competencia para conocer el fondo
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
