Auto Supremo AS/0133/2014-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0133/2014-RRC

Fecha: 28-Abr-2014

Continuando con la revisión y control del Auto de Vista denunciado de omisivo, este Tribunal


Por otra parte, en cuanto a la presunta falta de pronunciamiento de parte del Tribunal de alzada sobre el agravio referido a la continuidad del juicio y a la presunta exclusión de los testigos de descargo, se advierte que la denuncia efectuada tampoco es evidente, puesto que el Tribunal de alzada realizó una explicación y fundamentación razonable al respecto, explicando que en realidad lo que sucedió es que sus testigos de descargo no se hicieron presentes por las reiteradas suspensiones de las audiencias, como los propios recurrentes lo reconocieron; además, el Tribunal de apelación agregó que, la defensa no realizó ninguna representación ante el Tribunal de Sentencia por la inasistencia de sus testigos de descargo, razón por la que también resolvió desestimar este agravio.

Continuando con la revisión y control del Auto de Vista denunciado de omisivo, este Tribunal establece que el Tribunal de apelación también se pronunció respecto a la denuncia sobre la ausencia o falta de fechas y firmas en las resoluciones emitidas relativas a las excepciones e incidentes, en vulneración de lo dispuesto en el art. 123 del CPP, explicando nuevamente que las resoluciones dictadas en audiencias son consignadas en las actas de juicio oral, sin necesidad de separarlas, al constituir actuaciones que forman parte del juicio oral, por lo que su fecha es la misma que de la elaboración o continuación del juicio y que las firmas autorizan todo el acto en su integridad; respuesta que a criterio de este Tribunal resulta correcta dada las características del sistema procesal, por ello, la denuncia de incongruencia omisiva en cuanto a este aspecto, también resulta infundada