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    Auto Supremo AS/0144/2014-RA
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0144/2014-RA

    Fecha: 02-May-2014

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Por memorial presentado el 3 de abril de 2014, cursante de fs
    • De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
    • b) La mencionada Sentencia, fue objeto de apelación restringida por el acusado, conforme se evidencia
    • c) Notificado el recurrente con el Auto de Vista, el 28 de marzo de 2014,
    • De la revisión de antecedentes emergente de casación, se extraen lo siguientes motivos
    • Continúa argumentando este reclamo manifestando que, el Tribunal de alzada, tampoco fundamentó ni motivó respecto
    • Finalmente, respecto a esta misma problemática refiere que, al resolver el tercer agravio, referido al
    • El recurrente, a lo largo de estos cuestionamientos referidos a la ausencia de fundamentación, invocó
    • De la misma manera señala que, se contravino los precedentes contradictorios expresados en los Autos
    • 2) Por otro lado asevera que, con relación al tercer motivo de su recurso de
    • Finalizando su recurso, cita adicionalmente los Autos Supremo 160 de 2 de febrero de 2007,
    • El art
    • En este contexto, el art
    • ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
    • iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
    • El precepto legal contenido en el citado art
    • Ahora bien, un supuesto de flexibilización de los requisitos del recurso de casación que permite
    • Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
    • En ese contexto, de acuerdo al art
    • Al respecto, si bien existe una cita amplia de Autos Supremos y la transcripción -en
    • Se deja constancia que, al no constituir precedentes contradictorios, en el sentido previsto por la
    • En lo que respecta al segundo agravio, en el que, al margen de la reiterada
    • Finalmente y como tercer agravio, el recurrente alega que el Auto de Vista cuestionado omitió
    • Es importante aclarar que, respecto a los motivos inadmitidos, la mera enunciación de Autos Supremos
    • La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
    • Regístrese, hágase saber y cúmplase
    • SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

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