b) Contra la mencionada Sentencia, el imputado, presentó recurso de apelación restringida (fs
b) Contra la mencionada Sentencia, el imputado, presentó recurso de apelación restringida (fs. 22 a 26 vta.), siendo resuelto por Auto de Vista de 18 de diciembre de 2012 (fs. 35 a 37 vta.), dictado por la Sala Penal y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Pando, que declaró improcedente el recurso de impugnación
- Por memorial presentado el 22 de junio de 2013, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la mencionada Sentencia, el imputado, presentó recurso de apelación restringida (fs
- c) Resolución anterior, que fue objeto de recurso de casación por el imputado (fs
- d) En cumplimiento al Auto Supremo 061/2013-RRC de 8 de marzo de 2013, la Sala
- De la revisión del recurso de casación, se extrae como motivos del mismo los siguientes
- 2) Alega que, la prueba de descargo, no fue considerada en el Auto de Vista,
- 3) Afirma inexistencia de prueba en su contra, por cuanto en el juicio, no se
- Concluye, solicitando que el Tribunal Supremo de Justicia, anule el Auto de Vista, disponiendo su
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- En cuanto a los motivos 1, 2 y 3, se tiene que, todos ellos están
- En relación al Auto Supremo 297 de 30 de julio de 2002, que refiere a
- Respecto a la invocación en el motivo 4 – como precedentes – de las Sentencias
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
