Auto Supremo AS/0147/2014-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0147/2014-RA

Fecha: 02-May-2014

En cuanto a los motivos 1, 2 y 3, se tiene que, todos ellos están


IV. ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE DICHOS REQUISITOS

En el caso analizado, de la revisión de los antecedentes, se tiene que, el recurrente fue notificado el 18 de junio de 2013 (fs. 70) y el recurso de casación fue presentado ante la Sala que emitió la Resolución impugnada el 22 del mismo mes y año; es decir, dentro del plazo de cinco días; cumpliendo de esta manera con la exigencia de plazo señalada en el art. 417 del CPP.

En cuanto a los motivos 1, 2 y 3, se tiene que, todos ellos están relacionados a la valoración de la prueba, citando como precedentes contradictorios Autos Supremos que, también fueron invocados en su apelación restringida; ahora bien, de la revisión de dichas Resoluciones se tiene que, los Autos Supremos 102 de 27 de septiembre de 1977, 102 de 13 de julio de 1977, 49 de 27 de marzo de 1977, evidenciamos que los mismos se refieren a Resoluciones dictadas con la normativa penal abrogada, razón por la que, no constituyen precedentes, precisamente porque los fines y objetivos del antiguo procedimiento penal, no son los mismos que ahora, mismos que fueron desarrollados en el acápite III de esta Resolución