De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
a) En mérito a las acusaciones formal (fs. 13 a 21) y particular (fs. 54 a 60); y desarrollada la audiencia de juicio oral, por Sentencia 01/2009 de 6 de enero, (fs. 645 a 659), el Tribunal Segundo de Sentencia del Distrito Judicial de La Paz, declaró a la imputada Hilaria Bertha Tórrez Fernández, autora del delito de Asesinato, previsto en el art. 252 inc. 1) del CP, siendo condenada a la pena privativa de libertad de treinta años de presidio sin derecho a indulto, más el pago de daños civiles y costas al Estado a calificarse en ejecución de sentencia
- Por memorial presentado el 6 de marzo de 2014, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- c) Notificada la recurrente con el referido Auto de Vista el 28 de febrero de
- De la revisión del memorial de recurso de casación, se extraen las siguientes motivos
- Invoca, apareja y transcribe parcialmente, como precedentes contradictorios, el Auto de Vista “107/2008 de 28
- 2) En el acápite IV subtitulado: “FALTA DE MOTIVACIÓN Y FUNDAMENTACIÓN DEL AUTO DE VISTA
- Señala también que el Tribunal de alzada, además de no haber realizado un análisis
- Invoca como precedentes contradictorios las Sentencias Constitucionales 1733/2003-R, 1565/2002-R de 18 de diciembre, 1369/2001 de
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- En el caso de autos, el recurso fue interpuesto dentro del plazo previsto por la
- Respecto al recurso de casación, la recurrente plantea dos motivos contra el Auto de Vista,
- Ahora bien, de la disposición contenida en el párrafo segundo del art
- Respecto al Auto Supremo 477/2010 de 6 de octubre, corresponde señalar que éste únicamente fue
- En relación al primer motivo, se invoca el Auto de Vista 107/2008 de 28 de
- Invoca también, el Auto Supremo 5/2007, que acompaña al recurso y del que se hace
- El Auto Supremo 536/2013 de 23 de octubre, invocado y transcrito de manera parcial, señala
- Esto implica, el cumplimiento de la carga procesal de explicar en forma clara y precisa,
- En cuanto a las Sentencias Constitucionales invocadas 1146/2003-R, 1733/2003-R, 1565/2002-R de 18 de diciembre y
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
