En el caso de autos se constata que, el recurrente cumplió con el primer requisito
IV. ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE DICHOS REQUISITOS
En el caso de autos se constata que, el recurrente cumplió con el primer requisito de forma relativo al plazo para la interposición del recurso de casación, habida cuenta que, el 20 de marzo de 2014, fue notificado con el Auto de Vista impugnado, presentando su recurso de casación, el 24 del mismo mes y año; es decir, dentro del plazo de los cinco días que otorga la ley
- Por memorial presentado el 24 de marzo de 2014, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- c) Notificado el imputado con el referido Auto de Vista, el 20 de marzo de
- Del memorial que cursa de fs. 254 a 255, se extrae el siguiente motivo
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Dicho entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- En el caso de autos se constata que, el recurrente cumplió con el primer requisito
- Respecto al requisito de fondo, se advierte del contenido del recurso de casación sujeto
- De otra parte, este Tribunal estableció la posibilidad de la apertura excepcional de su competencia,
- De lo expuesto precedentemente, se establece que el recurso de casación deducido, no cumple
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
