Que, el numeral 3) del mencionado artículo, se infiere que sólo pueden intentar el recurso
Que, el numeral 3) del mencionado artículo, se infiere que sólo pueden intentar el recurso de casación o de nulidad, las partes de un litigio, condición cuya inobservancia autoriza declarar improcedente el recurso
- Sucre: 6 de mayo de 2014
- CONSIDERANDO I
- Que, en grado de apelación incoada por el demandado Hugo Antelo Zankys, la Sala Civil
- FUNDAMENTOS DE LA IMPUGNACION: Resolución de alzada, que motivo la interposición de recurso de casación
- Que las autoridades no han comprendido el alcance de los artículo 15 de la Ley
- Concluye pidiendo al Tribunal Supremo de Justicia deje sin efecto el indicado auto y dicte
- En cuanto al recurso en el fondo de Argentina Rodríguez de Antelo, manifiesta que hubo
- DE LOS FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- Los recursos de "casación en el fondo" y "casación en la forma", si bien aparecen
- Si el recurso de casación se interpone en el fondo, deberá circunscribirse a las tres
- Tanto en el recurso de casación en el fondo como en la forma es de
- En la especie, el contenido del recurso de casación en el fondo, resulta impreciso, contradictorio,
- En consecuencia, al no haber el recurrente cumplido con la carga legal prevista en el
- En cuanto al recurso de casación en el fondo, interpuesto por Argentina Rodríguez de Antelo
- 3) del Código de Procedimiento Civil, corresponde al Tribunal de Casación declarar la improcedencia del
- Que, el numeral 3) del mencionado artículo, se infiere que sólo pueden intentar el recurso
- En el caso que se analiza, como ya se manifestó, la recurrente no intervino en
- Este Tribunal considera oportuno señalar que como lo estableció la entonces Corte Suprema de Justicia
- Además, como corolario, la recurrente incumple la técnica recursiva que debe contener este tipo de
- Por las razones expuestas, corresponde fallar en aplicación de lo previsto por los artículos 271
- POR TANTO
- Se regula el honorario profesional en la suma de Bs
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Libro Tomas de Razón Nº 162/2014
