De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
a) Con base en la acusación particular (fs. 14 a 15) y previa realización de la audiencia del juicio oral, el Juez Tercero de Sentencia de La Paz, el 27 de mayo de 2013 pronunció la Sentencia 15/2013que cursa de fs. 209 a 213, declarando a la procesada Marina Adriana Maure de Chalar autora de la comisión del delito de Perturbación de la Posesión, tipificado por el art. 353 del Código Penal y 365 de su procedimiento, condenándola a cumplir dos años de reclusión en el Centro de Orientación Femenina de Obrajes de esa ciudad, mas costas y daños a calificar en ejecución de Sentencia.
b) Contra la mencionada Sentencia, la imputada planteó recursos de apelación restringida e incidental (fs.219 a 222), que fue resuelto por Auto de Vista 111/2013 de 20 de diciembre, que declaró admisible y procedente la apelación y consecuentemente, anuló la Sentencia 15/2013 de 27 de mayo, disponiendo la reposición del juicio oral por otro Tribunal de Sentencia
- Pormemorial presentado el 25 de febrero de 2014, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- 2) Segundo
- Concluyó señalando que los extremos anotados, le causan agravio en los derechos y garantías previstos
- En ese contexto el art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
- iii) Como única prueba admisible, debe acompañarse copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- En relación al segundo motivo, se advierte que el recurrente se limita a alegar la
- Conviene destacar que lo expuesto por la parte recurrente en el Otrosí del memorial sujeto
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el Art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
