Auto Supremo AS/0168/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0168/2014

Fecha: 07-May-2014

En mérito a las consideraciones precedentes corresponde fallar conforme disponen los artículos 271 numeral 3)

En mérito a las consideraciones precedentes corresponde fallar conforme disponen los artículos 271 numeral 3) y 275, ambos del Código de Procedimiento Civil