Del recurso de casación interpuesto, se extrae el siguiente fundamento
I.1.1. Motivo del recurso
Del recurso de casación interpuesto, se extrae el siguiente fundamento:
El recurrente señala que el Auto de Vista impugnado, contiene una fundamentación insuficiente, para establecer y responder a los fundamentos del recurso de apelación restringida, con relación al defecto de la sentencia, inserto en el art. 370 inc. 1) del Código de Procedimiento Penal (CPP), por inobservancia o errónea aplicación de la ley sustantiva, defecto acusado, en la apelación restringida, vulnerando la garantía del debido proceso, en su vertiente del derecho a una resolución fundamentada, vulnerando el art. 115. II de la Constitución Política del Estado (CPE), con relación al art. 169 inc. 3) del CPP (defectos absolutos), toda vez que, para absolver a los imputados de los hechos acusados, lo que debe acreditarse es que, los elementos de convicción incorporados al proceso, no permiten encuadrar la acción en todos o en alguno de los elementos constitutivos de los tipos penales, pero no afirmar la comisión del hecho punible, para luego concluir que, si bien se cometió los hechos ilícitos, la condición de “ignorancia” (no sustentable) de los imputados, permitió su absolución; acto realizado en inobservancia del art. 11 del CP, que establece las causales que eximen de responsabilidad penal, como son: legítima defensa, ejercicio de un derecho, oficio o cargo y cumplimiento de la ley o un deber y no la “ignorancia” como afirma la Jueza de instancia, toda vez que, una sentencia absolutoria debe estar fundada en el orden formal de sus requisitos, en fundamentar cómo los elementos de prueba incorporados, no permitieron encajar dentro de los elementos subjetivos y objetivos de los tipos penales
- El memorial de 21 de febrero de 2014, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la mencionada Sentencia, el querellante formuló recurso de apelación restringida (fs
- Del recurso de casación interpuesto, se extrae el siguiente fundamento
- Adujo que, en el Considerando VI de la Sentencia, la autoridad jurisdiccional arribó a la
- Concluyó manifestando que el Tribunal de alzada ratificó que el hecho está comprobado de manera
- El recurrente solicita que, el Tribunal Supremo de Justicia, deje sin efecto el Auto de
- Mediante Auto Supremo 055/2014-RA de 25 de marzo, vía flexibilización se admitió el recurso de
- II.1. Sentencia
- En el Considerando VI subtitulado: “FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO”, de la Sentencia 17/2013 de 25
- II.2. Recurso de apelación restringida
- II.3. Auto de Vista
- Con estos argumentos el Tribunal de alzada declaró improcedente el recurso de apelación restringida interpuesto
- En el presente caso este Tribunal declaró admisible el recurso de casación formulado por el
- III.1. La fundamentación de las resoluciones judiciales por los Tribunales de alzada
- Este tribunal de manera reiterada ha señalado que entre las vertientes de trascendencia de la
- En ese sentido, el Auto Supremo 319/2012-RRC de 4 de diciembre, precisó que: "La Constitución
- La referida resolución agregó que: “…cuando se plantea la violación del debido proceso por falta
- III.2. Análisis del caso concreto
- El recurrente funda su denuncia de defectos absolutos, porque en su planteamiento, el Tribunal de
- Ahora bien, este Tribunal de casación, al remitirse a los antecedentes del proceso, establece que,
- Es decir, si bien el art
- La anterior precisión, permite concluir que la determinación asumida por el Tribunal de alzada fue
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
