Auto Supremo AS/0227/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0227/2014

Fecha: 16-May-2014

Por dicho motivo, y en consideración que el recurso carece de una adecuada técnica recursiva

Por dicho motivo, y en consideración que el recurso carece de una adecuada técnica recursiva y las mismas no cumplieron con lo dispuesto por el art. 258 núm. 2 del Código de Procedimiento Civil, no se puede considerar los agravios acusados en casación, los cuales, además no tienen ninguna relación con el fondo del litigio