Auto Supremo AS/0135/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0135/2014

Fecha: 10-Jun-2014

Que, a este efecto se colige

Que, a este efecto se colige que la parte recurrente no cumplió con los requisitos señalados en el art. 258 -2) del Código Adjetivo Civil, por lo que en el marco legal referido, el Recurso de Nulidad y Casación de fs. 170 a 171 y vta., es insuficiente, haciendo inviable su consideración, pues impide a este Tribunal abrir su competencia, correspondiendo en consecuencia resolver en la forma prevista por el art. 272 -2) del Código de Procedimiento Civil, con la facultad remisiva del art. 252 del Código Procesal del Trabajo