VISTOS: El recurso de casación de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA SOCIAL Y ADMINISTRATIVA PRIMERA
Auto Supremo No 169
Sucre, 25 de junio de 2014
Expediente: 13/2014-S
Demandante: Tito Flores Cabezas
Demandado: Ronald Aguilar Corrales
Distrito: Cochabamba
Magistrado Relator: Dr. Pastor Segundo Mamani Villca
=============================================================
VISTOS: El recurso de casación de fs. 174 a 175 vta. interpuesto por Ronald Nelson Aguilar Corrales contra el Auto de Vista Nº 164/2013 de 7 de agosto (fs. 170 a 171 vta.) pronunciado por la Sala Social y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba; dentro del proceso laboral seguido por Tito Flores Cabezas contra Ronald Nelson Aguilar Corrales, la respuesta de fs. 178 a 179; el Auto de fs. 180 que concedió el recurso; los antecedentes del proceso; y:
CONSIDERANDO I:
I.ANTECEDENTES DEL PROCESO
I.1 Sentencia
Tramitado el proceso laboral, la Jueza de Partido del Trabajo y Seguridad Social de Quillacollo del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, emitió la Sentencia Nº 21/2011 de 20 de abril, de fs. 152 a 153 vta., por la que declaró probada la demanda social por pago de beneficios sociales de fs. 1 a 2 de obrados en la suma de Bs.12.166,65.- por los beneficios de indemnización, desahucio y sueldos devengados
SALA SOCIAL Y ADMINISTRATIVA PRIMERA
Auto Supremo No 169
Sucre, 25 de junio de 2014
Expediente: 13/2014-S
Demandante: Tito Flores Cabezas
Demandado: Ronald Aguilar Corrales
Distrito: Cochabamba
Magistrado Relator: Dr. Pastor Segundo Mamani Villca
=============================================================
VISTOS: El recurso de casación de fs. 174 a 175 vta. interpuesto por Ronald Nelson Aguilar Corrales contra el Auto de Vista Nº 164/2013 de 7 de agosto (fs. 170 a 171 vta.) pronunciado por la Sala Social y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba; dentro del proceso laboral seguido por Tito Flores Cabezas contra Ronald Nelson Aguilar Corrales, la respuesta de fs. 178 a 179; el Auto de fs. 180 que concedió el recurso; los antecedentes del proceso; y:
CONSIDERANDO I:
I.ANTECEDENTES DEL PROCESO
I.1 Sentencia
Tramitado el proceso laboral, la Jueza de Partido del Trabajo y Seguridad Social de Quillacollo del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, emitió la Sentencia Nº 21/2011 de 20 de abril, de fs. 152 a 153 vta., por la que declaró probada la demanda social por pago de beneficios sociales de fs. 1 a 2 de obrados en la suma de Bs.12.166,65.- por los beneficios de indemnización, desahucio y sueldos devengados
- VISTOS: El recurso de casación de fs
- Interpuesto el recurso de apelación por la parte demandada de fs
- De la revisión del recurso de casación, se extrae como motivos del mismo, lo siguiente
- b) Refiere que, en 10 de mayo de 2010 opuso excepción previa de imprecisión y
- Concluyó solicitando que el Tribunal Supremo de Justicia case Auto de Vista Nº 164/2013 de
- CONSIDERANDO II
- En este acápite el recurrente manifiesta que el demandante no es merecedor de los beneficios
- Según el recurrente, al actor no le correspondería el desahucio y la indemnización por haber
- Sin embargo, obviando la desinteligencia referida y atendiendo el sentido amplio del derecho a la
- En este punto refiere que el rechazo a la excepción previa planteada fue rechazada
- Sobre este punto, se advierte que este tema ya fue dilucidado mediante Resolución de 18
- Bajo estos parámetros se concluye que, no son evidentes las infracciones denunciadas en el recurso
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la
- Se regula el honorario profesional de abogado en la suma de Bs
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
