Auto Supremo AS/0210/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0210/2014

Fecha: 12-Jun-2014

3.3. Fundamentos de la resolución

3.3. Fundamentos de la resolución:
En ese marco, corresponde ingresar al análisis de los fundamentos expresados en el recurso y de los antecedentes procesales, empero, previamente, consideramos pertinente referir -respecto a la prueba y su valoración- siguiendo la línea de lo expresado por la ex Corte Suprema de Justicia mediante A.S. Nro. 271 de 28 de mayo de 2007, que a la letra dice "... conviene también precisar que en su sentido procesal, la prueba es un medio de verificación de las proposiciones que los litigantes formulan en el juicio con la finalidad de crear la convicción del juzgador, en el ejercicio de esta atribución, las pruebas producidas deben ser apreciadas por los jueces de acuerdo a la valoración que les otorga la ley, esto es lo que en doctrina se denomina el sistema de apreciación legal de la prueba, puesto que el valor probatorio de un determinado elemento de juicio está consignado con anticipación en el texto de la ley; o, la apreciación de los medios probatorios debe efectuárselo de acuerdo a las reglas de la sana crítica, que constituye una categoría intermedia entre la prueba legal y la libre convicción, entendiendo con Couture, que las reglas de la sana crítica son, ante todo, las reglas del correcto entendimiento humano en las que intervienen las reglas de la lógica, con las reglas de la experiencia del juez, es decir, con arreglo a la sana razón y a un conocimiento experimental de las cosas. En consecuencia, el juez que debe decidir con arreglo a la sana crítica, no es libre de razonar a voluntad, discrecional o arbitrariamente"