Auto Supremo AS/0210/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0210/2014

Fecha: 12-Jun-2014

Finaliza su recurso solicitando al Tribunal Supremo case el auto de vista conforme disponen los

3. Refiere además que el artículo 375 del Código de Procedimiento Civil, exige prueba a las partes una para probar y la otra para desacreditar, en el presente caso solo existe prueba de cargo que es la única que se debe de valorar, y en base a la cual se debe declarar probada o improbada la acción perseguida, por lo que se ha vulnerado el precitado artículo al interpretarlo erróneamente.
Finaliza su recurso solicitando al Tribunal Supremo case el auto de vista conforme disponen los artículos 271 inciso 4) y 275 ambos del Código de Procedimiento Civil