Auto Supremo AS/0218/2014-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0218/2014-RRC

Fecha: 04-Jun-2014

b) Contra la mencionada Sentencia, la imputada interpuso recurso de apelación restringida (fs

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 218/2014-RRC
Sucre, 04 de junio de 2014

Expediente: Cochabamba 23/2014
Parte acusadora: Ministerio Público y otros
Parte imputada: Edelfrida Montenegro Vda. de Gonzales
Delitos: Falsificación de Documento Privado y otro
Magistrada Relatora: Dra. Maritza Suntura Juaniquina

RESULTANDO

Por memorial presentado el 5 de marzo de 2014, cursante de fs. 861 a 863, Edelfrida Montenegro Vda. de Gonzáles, interpone recurso de casación, impugnando el Auto de Vista de 17 de febrero de “2013”, de fs. 853 a 855 vta., pronunciado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público, Policarpio Choque Mollinedo y Fabiana López de Choque, contra la recurrente por la presunta comisión de los delitos de Falsificación de Documento Privado y Uso de Instrumento Falsificado, previstos y sancionados por los arts. 200 y 203 del Código Penal (CP), respectivamente.

I. DEL RECURSO DE CASACIÓN

I.1. Antecedentes

a) Mediante Sentencia de 3 de junio de 2013 (fs. 822 a 829), el Juzgado Primero de Sentencia de Quillacollo del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, declaró a la imputada Edelfrida Montenegro Vda. de Gonzáles, autora del delito de Uso de Instrumento Falsificado previsto por el art. 203 del CP, condenándola a la sanción de un año y medio de reclusión, además de costas en favor de la parte civil así como daños y perjuicios. Asimismo, la declaró absuelta de culpa y pena por el delito de Falsificación de Documento Privado, previsto y sancionado por el art. 200 del CP, según prevé el art. 363 inc. 2) del Código de Procedimiento Penal (CPP), con costas.

b) Contra la mencionada Sentencia, la imputada interpuso recurso de apelación restringida (fs. 839 a 840), siendo resuelto por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, mediante Auto de Vista de 17 de febrero de “2013” (fs. 853 a 855 vta.), que declaró improcedente la apelación y confirmó la Sentencia apelada, con costas, motivando la interposición del presente recurso de casación, por parte de la imputada