La imputada interpuso recurso de apelación restringida (fs
La imputada interpuso recurso de apelación restringida (fs. 839 a 840 vta.), por inobservancia y errónea aplicación de la ley y contradicción, habiendo invocado el precepto legal como defecto de procedimiento, señalando que planteó las excepciones de cosa juzgada y de extinción de la acción penal por prescripción, ya que los delitos que se le acusaron ya habrían prescrito y además ya fue juzgada habiendo sido absuelta; sin embargo, la juzgadora procedió de forma errónea y contradictoria al emitir la sentencia, por lo que en base a los arts. 403 y 407 del CPP, argumentó que los delitos endilgados tienen relación, ya que al habérsele absuelto por el delito de Falsificación de Documento contradictoriamente se le condenó por Uso de Instrumento Falsificado, cuestionando dicha contradicción, sin existir prueba en la que se base la decisión de la juzgadora, olvidando que los documentos ya fueron utilizados en un anterior proceso en el que fue sobreseída, surtiendo efecto de cosa juzgada y bajo el principio non bis in ídem hace inviable ser sometida a proceso, y aunque hayan variado los hechos las circunstancias son las mismas con las que se le denuncia, sin subsumirse su conducta a los delitos acusados; además, de no haberse demostrado la existencia del dolo, solicitando consecuentemente la anulación de la sentencia, que se acepten las excepciones y se la absuelva del delito de Uso de Instrumento Falsificado
- b) Contra la mencionada Sentencia, la imputada interpuso recurso de apelación restringida (fs
- Del memorial del recurso de casación interpuesto por la imputada y del Auto Supremo 077/2014-RA
- Por lo expuesto la recurrente solicita la nulidad de la Sentencia y aceptando las excepciones
- Mediante Auto Supremo 077/2014-RA de 1 de abril, cursante de fs
- De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación y establecido el ámbito de
- En la etapa de la audiencia conclusiva la imputada interpuso las excepciones de cosa juzgada
- II.2. Audiencia de juicio oral y la fase de excepciones e incidentes
- Instalada la audiencia de juicio oral y previa lectura y fundamentación de las acusaciones
- La fiscalía respondió a la pretensión en sentido que la prejudicialidad es específica para procesos
- La Jueza Primera de Sentencia de Quillacollo emitió el Auto de 3 de junio de
- II.3. Sentencia
- La Jueza Primera de Sentencia de Quillacollo, dictó la Resolución 169/2011 de 3 de junio,
- II.4. Apelación restringida y su trámite
- La imputada interpuso recurso de apelación restringida (fs
- Por decreto de 15 de enero de 2014 (fs
- II.5. Auto de Vista
- La Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, resolvió el recurso mediante
- III.1. El debido proceso y la debida fundamentación
- Este Tribunal en reiteradas oportunidades ha señalado que la Constitución Política del Estado (CPE), reconoce
- Es así, que en consideración a la exigencia contenida en la Constitución Política del Estado
- Estos requisitos de la fundamentación o motivación, deben ser tomados en cuenta por el Tribunal
- Lo anterior significa, que sólo se estará ante una falta de fundamentación o motivación cuando
- III.2. Régimen de impugnación en materia de Excepciones e incidentes
- El art
- Si bien la norma procesal no es manifiesta en cuanto a determinar como objeto de
- Fue así que la Sentencia Constitucional (SC) 1523/2011-R de 11 de octubre, indicó: “En consecuencia
- En tal ámbito, fue el Tribunal Constitucional Plurinacional que interpretó el ejercicio de impugnación de
- El citado razonamiento desarrollado por la jurisprudencia de este Tribunal, afirma: "…como todos los derechos,
- Concluyendo la citada Sentencia con el siguiente criterio: “Como se tiene dicho, la resolución que
- III.3. Análisis del caso concreto
- Establecido el ámbito de análisis en el Auto de admisión del presente recurso, corresponde a
- En primer término es necesario precisar que la afirmación inicial formulada por el recurrente en
- Con esta precisión se verifica de antecedentes, que en apelación restringida la recurrente denunció la
- Las expresiones vertidas por el Tribunal de apelación coinciden con la realidad evidenciada en la
- Por otra parte, cabe destacar que extrañamente la recurrente en su recurso de casación plantea
- En tales circunstancias, es evidente que el Tribunal de apelación al emitir el Auto de
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
