Auto Supremo AS/0235/2014-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0235/2014-RA

Fecha: 10-Jun-2014

2) Como segundo agravio, el recurrente denuncia falta de fundamentación jurídica del Auto de Vista


2) Como segundo agravio, el recurrente denuncia falta de fundamentación jurídica del Auto de Vista de 15 de enero de 2014, en vulneración a los arts. 124 y 398 del CPP y los principios del debido proceso y de seguridad jurídica, centrando sus argumentos en dos temáticas, a saber: i) Porque el Auto de Vista de 15 de enero de 2014, no se habría pronunciado fundamentadamente respecto a los agravios que expuso en apelación restringida, relativos a la presunta vulneración de su derecho a la defensa por falta de notificación personal con la querella y acusación particular; y, los argumentos referidos a defectuosa valoración de la prueba; y, ii) Falta de pronunciamiento (Incongruencia omisiva) por parte del Tribunal de alzada, en el Auto de Vista de 15 de enero de 2014, sobre su impugnación contra la Resolución incidental 001/2013, por los que se resolvió el incidente de actividad procesal defectuosa y las excepciones de prejudicialidad y falta de acción; su denuncia de defecto de sentencia previsto por el art. 370 inc. 6) del CPP, donde alegó que, en el juicio no se determinaron los medios comisivos, violencia o engaño, consiguientemente existiría errónea calificación de los hechos; y, sobre la ilegal notificación con la Sentencia 15/2013. Argumentando que, en este caso, el Tribunal de apelación, incurrió en contradicción a los Autos Supremos 333 de 9 de junio de 2011 y 26 de 15 de febrero de 2012, que estarían referidos, según el recurso, al pronunciamiento por parte del Tribunal de alzada, de todos los puntos apelados o cuestionados de la resolución apelada; y, a que el Auto de Vista debe estar debidamente fundamentado, respondiendo con criterios jurídicos, sobre cada punto impugnado del recurso de apelación restringida; respectivamente