Auto Supremo AS/0241/2014-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0241/2014-RA

Fecha: 11-Jun-2014

El art


5) Por último denunciaron que existió una errónea argumentación respecto de la carga de la prueba, porque el Tribunal de apelación, al resolver el agravio expuesto en la apelación restringida no realizó un análisis intelectivo y razonado de porqué arribaron a esa convicción, de manera que pudieran comprender los motivos por los que no acogieron su denuncia relativa a que la Juez de instancia, olvidó que en Bolivia rige el sistema acusatorio, por el cual, es el acusador quien debe probar la culpabilidad del acusado. Señalaron como precedente contradictorio el Auto Supremo 89/2013 de 28 de marzo que indica que, es un defecto absoluto pretender que la parte acusada pruebe alguna condición o hecho.

Concluyeron, solicitando que el Tribunal Supremo de Justicia, conceda el recurso de casación planteado y disponga “la nulidad de la sentencia y se reenvié a otro tribunal para su resolución (sic).”

III. REQUISITOS QUE HACEN VIABLE LA ADMISIÓN DEL RECURSO DE CASACIÓN

El art. 180. II de la CPE, garantiza el principio de impugnación en los procesos judiciales, que se constituye a su vez en una garantía judicial conforme lo determinan los arts. 8.2 inc. h) de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y 14.5 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; debiendo los sujetos procesales, a tiempo de interponer los distintos recursos que la norma adjetiva prevé, observar las condiciones de tiempo y forma establecidas por la ley conforme la disposición contenida en el art. 396 inc. 3) del CPP