Auto Supremo AS/0255/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0255/2014

Fecha: 27-Jun-2014

POR TANTO: la Sala Civil Liquidadora del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida

POR TANTO: la Sala Civil Liquidadora del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el artículo 42 numeral 1 y disposición transitoria octava de la Ley del Órgano Judicial, ANULA obrados hasta fojas 14 vuelta inclusive, esto es hasta el estado en que el Juez de la causa, en estricta observancia de los artículos 3 inciso 1), 87 y 333 del Código de Procedimiento Civil, disponga que la demanda se ajuste a lo establecido por el artículo 327 de la norma procedimental citada supra