Recurso de casación en la forma
CONSIDERANDO II: Denuncias del Recurso de Casación.-
Los recurrentes, interpusieron recurso de casación tanto en la forma como en el fondo, bajo los siguientes argumentos:
Recurso de casación en la forma:
Señala, que el Auto de Vista recurrido efectúa una errónea interpretación de la norma que establece los plazos procesales, en razón de que la resolución del Tribunal de alzada habría señalado que el recurso de apelación fue presentado extemporáneamente, sin considerar que los días 27 y 28 de febrero del año 2006 fueron días de carnaval, por lo que a efectos de cómputo, respecto al plazo para plantear el recurso de apelación no puede considerarse los días expresamente señalados por ley como feriados. Citando al efecto los artículos 143 del Código de Procedimiento Civil y el 67 del Decreto Supremo 21060
Los recurrentes, interpusieron recurso de casación tanto en la forma como en el fondo, bajo los siguientes argumentos:
Recurso de casación en la forma:
Señala, que el Auto de Vista recurrido efectúa una errónea interpretación de la norma que establece los plazos procesales, en razón de que la resolución del Tribunal de alzada habría señalado que el recurso de apelación fue presentado extemporáneamente, sin considerar que los días 27 y 28 de febrero del año 2006 fueron días de carnaval, por lo que a efectos de cómputo, respecto al plazo para plantear el recurso de apelación no puede considerarse los días expresamente señalados por ley como feriados. Citando al efecto los artículos 143 del Código de Procedimiento Civil y el 67 del Decreto Supremo 21060
- Sucre: 27 de Junio de 2014
- Segundo Magistrado Relator: Dr. Javier Medardo Serrano Llanos
- VISTOS: el recurso de casación en la forma
- En segunda instancia, interpuesta la apelación por Cecilio Pezo Núñez y Juliana Salvatierra de Pezo,
- La resolución de alzada, motivó que los demandados, por memorial cursante de fojas 226 a
- Recurso de casación en la forma
- Agregan que, si fueron notificados con la Sentencia de 14 de febrero de 2006 en
- Recurso de casación en el fondo
- Que planteó usucapión quinquenal u ordinaria y no usucapión decenal o extraordinaria; de ello que
- Finalmente, solicita se conceda el recurso de casación en la forma y en el fondo,
- CONSIDERANDO III: De los Fundamentos de la Resolución
- Con esa facultad, ingresando a la revisión de actuados procesales, más concretamente en lo que
- En el caso analizado, la actora pretende fundamentalmente a través de la presente demanda “LA
- Bajo este razonamiento, correspondía al Juez de primera instancia aplicando lo previsto en el artículo
- Por consiguiente, al no haber sido observada de oficio la demanda por el Juez de
- POR TANTO: la Sala Civil Liquidadora del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida
- Con responsabilidad y multa que se fija en la suma de Bs
- Cumpliendo lo previsto por el artículo 17-IV de la Ley del Órgano Judicial comuníquese la
- Primera Magistrada Relatora Dra
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Libro de Tomas de Razón Nº 255/2014
