Auto Supremo AS/0288/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0288/2014

Fecha: 12-Jun-2014

Es de referir, que era deber de los recurrentes probar los fundamentos esbozados en su

Es de referir, que era deber de los recurrentes probar los fundamentos esbozados en su recurso extraordinario, acreditado mediante antecedentes contenidos en el proceso, sin embargo se observa que el argumento interruptivo de la prescripción no tuvo sustento en los documentales por ellos mismos aludidos, no pudiendo alegarse infracción al art. 1503 del Código Civil, y por ende de los arts. 1506 y 1507 del mismo cuerpo normativo, por lo que el recurso de casación no contiene el fundamento necesario para enervar lo decidido en el Auto de Vista deviniendo en infundado