Auto Supremo AS/0087/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0087/2014

Fecha: 01-Jul-2014

En ese sentido, no debe perderse de vista que en la acción de amparo constitucional,

En ese sentido, no debe perderse de vista que en la acción de amparo constitucional, el Tribunal que resuelve conceder la tutela, vela por el respeto y restitución de los derechos y garantías constitucionales cuando se comprueba su quebrantamiento o violación; en tanto que como Tribunal ordinario, esta encargado de resolver los asuntos sometidos a su conocimiento conforme el ámbito de su competencia y atribución que le es otorgada por Ley; consiguientemente el hecho que un Tribunal ordinario se constituya circunstancialmente en Tribunal de Garantías y pronuncie resolución como tal, de ningún modo significa haber emitido opinión sobre la justicia o injusticia del litigio antes de asumir conocimiento de él