Auto Supremo AS/0230/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0230/2014

Fecha: 23-Jul-2014

Que, es preciso en primer término distinguir dos periodos, el primero comprendido hasta la puesta

Que, es preciso en primer término distinguir dos periodos, el primero comprendido hasta la puesta en vigencia de la Nueva Constitución Política del Estado promulgada y publicada el 7 de febrero de 2009, y el segundo que corre a partir de la vigencia de la Nueva Constitución Política del Estado, por cuanto es la norma fundamental última que establece, entre otras, la imprescriptibilidad de los derechos laborales y beneficios sociales que corresponden a los trabajadores, independientemente si ellos se encuentran bajo el régimen del Estatuto del Funcionario Público o la Ley General del Trabajo