Auto Supremo AS/0270/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0270/2014

Fecha: 04-Jul-2014

La precautela de los derechos y garantías constitucionales, es, en primer término, deber de

La precautela de los derechos y garantías constitucionales, es, en primer término, deber de la jurisdicción ordinaria, pues los jueces de la jurisdicción ordinaria son jueces constitucionales, a quienes incumbe el deber de resguardar y respetar los derechos fundamentales de las personas que intervienen en los procesos sometidos a su conocimiento, y en especial tienen el deber de tutelar los derechos fundamentales de las partes durante la sustanciación de los procesos judiciales y en la resolución de los mismos, conforme señala el publicista nacional José Antonio Rivera Santivañez