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    Auto Supremo AS/0276/2014
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0276/2014

    Fecha: 04-Jul-2014

    Cumpliendo lo previsto por el artículo 17-IV de la Ley del Órgano Judicial comuníquese la

    Cumpliendo lo previsto por el artículo 17-IV de la Ley del Órgano Judicial comuníquese la presente decisión al Consejo de la Magistratura a los fines de ley
    • Sucre: 4 de Julio de 2014
    • CONSIDERANDO I: De la Relación de Causa
    • Deducida la apelación por las partes, la Sala Civil Cuarta de la Corte Superior del
    • Contra esta resolución superior, la demandante María del Carmen Lora Zamora interpone recurso de casación
    • CONSIDERANDO II: De los Fundamentos de la Resolución
    • Que, de acuerdo a lo establecido por el artículo 194 del Código de Procedimiento Civil,
    • Que, el litisconsorcio sea activo o pasivo, importa el interés de dos o más personas
    • Que, en ese marco, de la revisión del proceso se evidencia que de fojas 38
    • Que, el artículo 90 del Código de Procedimiento Civil establece que las normas procesales son
    • Que, de lo expuesto, se tiene que la demanda de fojas 38 a 40, fue
    • Que, los Jueces y Tribunales de alzada deben tener presente que la integración a la
    • POR TANTO: la Sala Civil Liquidadora del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida
    • Cumpliendo lo previsto por el artículo 17-IV de la Ley del Órgano Judicial comuníquese la
    • Regístrese, comuníquese y devuélvase
    • Libro de Tomas de Razón Nº 276/2014

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