Cumpliendo lo previsto por el artículo 17-IV de la Ley del Órgano Judicial comuníquese la
Cumpliendo lo previsto por el artículo 17-IV de la Ley del Órgano Judicial comuníquese la presente decisión al Consejo de la Magistratura a los fines de ley
- Sucre: 4 de Julio de 2014
- CONSIDERANDO I: De la Relación de Causa
- Deducida la apelación por las partes, la Sala Civil Cuarta de la Corte Superior del
- Contra esta resolución superior, la demandante María del Carmen Lora Zamora interpone recurso de casación
- CONSIDERANDO II: De los Fundamentos de la Resolución
- Que, de acuerdo a lo establecido por el artículo 194 del Código de Procedimiento Civil,
- Que, el litisconsorcio sea activo o pasivo, importa el interés de dos o más personas
- Que, en ese marco, de la revisión del proceso se evidencia que de fojas 38
- Que, el artículo 90 del Código de Procedimiento Civil establece que las normas procesales son
- Que, de lo expuesto, se tiene que la demanda de fojas 38 a 40, fue
- Que, los Jueces y Tribunales de alzada deben tener presente que la integración a la
- POR TANTO: la Sala Civil Liquidadora del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida
- Cumpliendo lo previsto por el artículo 17-IV de la Ley del Órgano Judicial comuníquese la
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Libro de Tomas de Razón Nº 276/2014
