La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
POR TANTO
La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art. 418 del CPP, declara INADMISIBLE el recurso de casación cursante de fs. 375 a 382, interpuesto por Sixto López Gómez en representación de Eloy Montes Sempértegui y Cecilio Ramírez Quispe
- Por memorial presentado el 16 de junio de 2014 cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Del análisis del recurso de casación interpuesto, se extraen los siguientes motivos
- 2) Por otro lado refiere que, en cuanto a su denuncia de inobservancia y errónea
- Finalmente argumentan titulando “PRECEDENTE CONTRADICTORIO AL AUTO DE VISTA IMPUGNADO” (sic) que, en un caso
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- En el caso de autos, se constata que el recurrente cumplió con el requisito de
- El recurrente señala en los dos agravios identificados, por una parte, que no se dio
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
