Auto Supremo AS/0352/2014-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0352/2014-RA

Fecha: 30-Jul-2014

5) En el acápite 1


4) Como cuarto motivo, coincidente con el primer motivo, reitera que la Sentencia se basó en medios probatorios incorporados y judicializados ilegalmente, contraviniendo las formalidades previstas por el ordenamiento procesal en razón a no haber sido reconocidas por los personeros que las elaboraron, citando al efecto el art. 370 inc. 4) del CPP.

5) En el acápite 1. 1. 4 como quinto motivo, acusa valoración defectuosa de la prueba (art. 370 inc. 6) CPP), debido a que el Tribunal de Sentencia no asigno el valor a su declaración, aferrándose a la narración de los acusadores, por lo que la narración probatoria de la Sentencia no se enmarca en las disposiciones de los arts. 124, 359 inc. 1) del CPP y que, si bien el Tribunal goza de la sana crítica y la libre convicción – a decir del tratadista Julio Mair – exige la fundamentación o motivación de la sentencia, mencionando los elementos de prueba para la decisión y la valoración crítica; señalando el recurrente que debe centrarse en los hechos probados y no en apreciaciones subjetivas