En ése estado de la causa, los Vocales componentes de la Sala Civil Primera,
En ése estado de la causa, los Vocales componentes de la Sala Civil Primera, Adhemar Fernández Ripalda, Edgar Molina Aponte y Samuel Saucedo Iriarte por auto de 25 de julio de 2012 de fs. 8 del cuaderno de consulta, indican que por autos de 10 y 11 de mayo de 2010 y de 12 de agosto de 2010 han formulado su excusa, sin que se hayan percatado de ello al retornar el expediente a su conocimiento, circunstancia les impedirÃa conocer los recursos al estar comprometida su imparcialidad y determinan anular obrados
- VISTOS EN SALA PLENA: La consulta realizada por los Vocales de la Sala Civil Segunda
- CONSIDERANDO: De la compulsa de antecedentes elevados en consulta ante éste Tribunal, se tiene que
- En ése estado de la causa, los Vocales componentes de la Sala Civil Primera,
- Remitidos los antecedentes a la Sala Civil Segunda, dicho Tribunal por auto de 30 de
- CONSIDERANDO: La excusa debe ser entendida como la facultad y deber del juzgador de apartarse
- CONSIDERANDO: De la compulsa de antecedentes, se evidencia que los Vocales de la Sala Civil
- Es asà que de forma posterior por auto de 25 de julio de 2012 de
- De la revisión del argumento vertido por el cual se abstienen del conocimiento del proceso,
- POR TANTO: La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- No interviene el Magistrado Fidel Marcos Tordoya por encontrarse en comisión de viaje oficial y
- RegÃstrese, notifÃquese y cúmplase
- Sala Plena
